Estatuto de Tratamiento
de Datos e Inteligencia Financiera
Blindaje Normativo Total • Ley 1581 & Ley 1266
1. Marco Normativo de Operación
Este instrumento jurídico constituye el contrato de adhesión para el tratamiento de datos de ERI CASTAÑO FINANZAS. Se fundamenta en el Artículo 15 de la Constitución Política; la Ley 1266 de 2008 (Habeas Data Financiero); la Ley 1581 de 2012; el Decreto 1377 de 2013 y la Ley 2157 de 2021. Toda información recolectada se procesa bajo el rigor de la Sentencia C-748 de 2011 de la Corte Constitucional, garantizando la autodeterminación informática del Titular.
2. Finalidades y Alcance del Análisis
Uso de datos para la estructuración técnica de procesos de insolvencia (Ley 1564), auditoría de tasas de usura y reingeniería financiera de pasivos bajo la nueva Ley 2445 de 2025.
El Titular autoriza expresamente el uso de su información para el análisis masivo y estadístico de tendencias. Esto incluye el perfilamiento para el envío de ofertas de marketing personalizado resultado del análisis de datos similares en públicos objetivos.
El Titular otorga a ERI CASTAÑO FINANZAS el control total sobre la administración de los datos para los fines aquí descritos, asegurando la movilidad de la información dentro de su red de aliados estratégicos.
Implementamos cifrado de grado bancario para que su información patrimonial esté protegida contra accesos no autorizados de terceros acreedores.
3. Vigencia y Permanencia de los Datos
La información suministrada permanecerá en las bases de datos de ERI CASTAÑO FINANZAS de forma indefinida. Esta permanencia se extenderá hasta que el cliente solicite formalmente su eliminación a través de los canales oficiales o hasta que el tiempo prudente faculte al despacho para su depuración, siempre respetando las disposiciones legales de archivo contable y judicial.
4. Exclusión Radical de Responsabilidad
ERI CASTAÑO FINANZAS se exonera de toda responsabilidad civil, penal o administrativa si el Titular decide, por cuenta propia, entregar, compartir o autorizar sus datos a terceros que nada tengan que ver con ericastano.com, sus dependencias, aliados o proveedores reconocidos.
La protección del ecosistema digital de Eri Castaño Finanzas termina donde el usuario decide compartir información fuera de los canales oficiales del despacho.
Secreto Profesional e Inviolabilidad
Toda información jurídica y financiera captada por este despacho se encuentra amparada por el Secreto Profesional (Art. 74 Constitución Política). Esta reserva constitucional es superior a cualquier interés comercial de terceros y garantiza que sus estados financieros no sean utilizados como prueba de solvencia por acreedores externos.
5. Gestión de Reclamaciones Judiciales
Cualquier solicitud de supresión, actualización o rectificación debe ser remitida exclusivamente al canal oficial de notificaciones judiciales:
NOTIFICACIONESJUDICIALES@ERICASTANO.COMRespuesta Prioritaria Jurídica
15 DÍAS HÁBILES